¿Qué obligaciones tiene una persona Moral?

Todas las personas morales tienen la obligación de constituirse dentro de un régimen tributario y por lo tanto deben pagar los impuestos que les corresponden.
Sus obligaciones, dependen del tipo de régimen en el que se encuentren clasificados.

Régimen general:
  • Darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Solicitar su certificado de Firma Electrónica (e.Firma), (este trámite debe ser realizado ante notario público, el mismo que deberá constituir la sociedad moral, incorporar al sistema de inscripción y de avisos del RFC).
  • Expedir Facturas Electrónicas.
  • Llevar la Contabilidad Electrónica, tomando en cuenta todo lo establecido en el Reglamento del Código Fiscal del Federación (CFF), dentro de los sistemas electrónicos que cuentan con la capacidad de generar un XML.
  • Deberán presentar los pagos provisionales y definitivos de los impuestos.
  • Presentar la declaración anual de la asociación, en donde se especifiquen los gastos, ingresos por salarios, etc.
  • Es obligatorio presentar la Declaración Informativa de Operaciones a Terceros, mejor conocida como DIOT, siempre que se encuentren sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Algunas personas morales deben presentar sus obligaciones informativas en el mes de febrero de cada año, pero no es un requisito obligado para todas.
  • Deben ser responsables de efectuar sus retenciones al Impuesto Sobre la Renta (ISR), en el momento en que paguen los salarios de sus trabajadores, o que hagan pagos a persona Física que les presten algún tipo de servicios profesionales.
  • Es obligatorio también que presenten ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aviso de préstamos o aportaciones futuras, para los aumentos de capital, que se recibirán en efectivo, mediante la moneda nacional o monedas extranjeras, que serán mayores a los seiscientos mil pesos ($600,000.00), en un lapso de 15 días posteriores a que se reciban las cantidades dentro del formato electrónico que les corresponde.
Para cumplir con estas obligaciones una persona moral requiere un proveedor de facturación que este actualizado.
Existen sistemas que puedes probar de forma gratuita. Aquí te dejo uno de los más populares.

Régimen sin fines lucrativos:


  • Deberán inscribirse y darse de alta en el RFC.
  • Tienen la obligación de expedir sus comprobantes fiscales CFDI, para acreditar sus ventas realizadas, los servicios que prestan o para definir el uso temporal u otorgamiento de bienes inmuebles.
  • Es obligatorio que lleven a cabo su contabilidad electrónica, tomando en cuenta el inicio de sus operaciones, según lo establecido por el Código Fiscal de la Federación (CFDI).
  • Todas las personas morales que no tienen fines lucrativos están obligadas a enviar las correspondientes balanzas de comprobación y el catálogo de cuentas de sus actividades realizadas a partir del primer día de enero de cada año.
  • Las personas que tributan dentro de este régimen, no son contribuyentes al pago de impuestos, pues solo retienen cantidades enteras que se encuentran a cargo de terceros.
  • Existen casos en los que debido a las actividades adicionales que realizan las asociaciones es necesario que paguen con los siguientes tipos de impuestos:
-Impuestos gravados (ISR).
-Impuestos retenidos (SR)
-Impuesto al valor agregado (IVA)
  • Deben presentar su declaración informativa en el momento en el que entreguen las cantidades monetarias en efectivo, como parte del subsidio para el empleo.
  • Es necesario que calculen el impuesto anual de los trabajadores dentro de la asociación, para que puedan revisar si es que existe alguna diferencia dentro de los cargos, para poder avisar al SAT antes de que termine febrero del año siguiente.
  • Es necesario que proporcionen a los integrantes de la sociedad una constancia, en la que deberán señalar el monto restante distribuible, mismo que se debe presentar antes de febrero del año próximo.
  • Si se trata de una Sociedad de Inversión en Instrumentos de Deuda o de una Sociedad de Inversión de Renta variable, es necesario que se presenten ante el SAT, con una declaración en la que informen sobre los datos que contiene la constancia que expidieron, además del promedio mensual de inversiones por persona, de los que emitieron la constancia.

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